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¿Por que tenemos derecho a nuestros territorios ancestrales?

Por que somos herederos de nuestros antepasados que en muchos casos fueron despojados de sus tierras a los que las Naciones Unidas dispone mediante los artículos 2°, 13° al 16° del convenio 169 de la OIT, que los gobiernos respeten y reconozcan a los pueblos indígenas el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Al cual los gobiernos deben:

1. Proteger los derechos de los pueblos indígenas sobre los recursos naturales de sus tierras y territorios, inclusive su derecho a participar en la utilización, administración y conservación de los recursos naturales.
2. Consultar a los pueblos indígenas antes de realizar trabajos de prospección y de explotación de minerales o recursos del subsuelo u otros recursos cuya propiedad sea del Estado, pero que se encuentran en las tierras de propiedad de los pueblos indígenas.
3. Asegurar que los pueblos indígenas perciban una indemnización justa y equitativa por cualquier daño que sufran por esas actividades y que participen en los beneficios que reporten las mismas,
4. Consultar a los pueblos indígenas cada vez que se considere modificar su capacidad de enajenar sus tierras.
5. Respetar los procedimientos tradicionales de transmisión de los derechos sobre las tierras existentes entre los pueblos indígenas.
6. Garantizar a los pueblos indígenas un tratamiento en pie de igualdad con otros sectores de la población en el desarrollo de los programas agrarios nacionales.;
7. En caso de traslado de sus tierras ancestrales, los pueblos indígenas tienen el derecho de ser trasladados sólo con su libre consentimiento y en pleno conocimiento de causa o al término de procedimientos adecuados, incluidas encuestas públicas. Y de ser necesario recibir tierras cuya calidad y estatuto jurídico sean iguales a las tierras que ocupaban antes, en caso que no sea posible su retorno ser indemnizados en términos de competitividad real.

En toda la tierra, ningún país, ninguna sociedad, ningún ser humano puede permitirse destruir los derechos sobre los territorios indígenas.