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Presentación

La Corporación Civil para Infraestructura Socio Económica y de Transformación Agropecuaria “CCISETA” y el Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas. Se complace en presentar el presente instructivo referido a los derechos humanos y los derechos fundamentales de los pueblos indígenas del mundo. Para el caso peruano las comunidades indígenas están denominadas como comunidades campesinas y nativas, denominativo optada por gobierno del Perú a partir de la dación de la Ley de Reforma Agraria (24 de junio de 1969), promulgada por el General Juan Velasco Alvarado. En esa época, se pensó estimular al trabajador del campo y borrar la terminología de “indio” por “campesino” que era “despectivo”; sin embargo, pasado los años, el tratamiento del indio o campesino peruano no ha cambiado. Al igual que en el resto del mundo y es más en algunos casos ha empeorado.

Ante esta situación, diferentes organizaciones indígenas del mundo han presentado demandas ante los organismos internacionales como las Naciones Unidas a fin de que los diferentes sistemas de discriminación y explotación terminen. Razón por la cual la UNO atendiendo a muchas de estas demandas ha declarado el “Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas” (1995 – 2004), y ha emprendido una campaña de difusión de los derechos humanos y derechos fundamentales de estas poblaciones dentro del sistema internacional cuyo objetivo:

“…es la promoción y la protección de los derechos de las poblaciones indígenas y su capacitación para elegir opciones que les permitan conservar su identidad cultural, sin dejar de participar en la vida política, económica y social, con pleno respeto de sus valores culturales, idiomas, tradiciones y formas de organización social”. (Resolución 50/157 de la Asamblea General de 21-12-1995).

Del que esperamos que la información que contiene nos ayude a reflexionar y comprender mejor nuestros derechos y reclamar ante cualquier ente gubernamental el respeto:
1- A la vida, la salud y la alegría;
2- A la propiedad colectiva e inalienable de nuestros territorios;
3- A que la explotación de recursos naturales y los demás proyectos de inversión no lesionen nuestra integridad cultural, social, económica y ambiental;
4- A decidir nuestro destino y a gobernar nuestros territorios mediante los procedimientos heredados de nuestros ancestros;
5- A ser consultados y participar en forma decisoria en cualquier medida administrativa o legislativa que nos pudiera afectar;
6- A proteger y fortalecer nuestras propias culturas(ropa, idioma, música, costumbres, tradiciones, etc.);
7- A usar en todos los niveles, enseñar y estudiar en nuestras propias lenguas;
8- A aplicar nuestro propio derecho y justicia en nuestros territorios, es decir la vigencia de justicia comunal;
9- A organizarnos, movilizarnos y protestar en defensa de nuestros derechos y propuestas;
10- A la participación sin discriminación y mediante medidas que contrarresten la discriminación, en todos los niveles de la sociedad del Estado.
11- A un ambiente ecológicamente, socialmente y ambientalmente sano y justo en pro de un desarrollo humano sustentable.

Los postulados descritos están enmarcados y promovidos por el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas dentro del marco de las Naciones Unidas y contempladas en el Convenio 169 de la OIT y otros. En consecuencia, pregonamos que un cambio y mundo diferente será posible, sólo si que nuestros derechos y saberes son tomados en cuenta en los diferentes procesos de delineación de políticas de Estado.
Territorio Aymara Lupaqa (Puno), Noviembre del 2002