CCISETA Puno

Del día del Indio al día del Campesino: ¿cuánto ha mejorado el estatus de derechos humanos?

Por: Fortunato Escobar (*)
Website: www.cciseta.com

Con gran júbilo junto al año nuevo andino (año 5514) se celebró el pasado 24 de junio “día del campesino” en el Perú. Las instituciones gubernamentales, no gubernamentales y en las propias organizaciones indígenas/campesinas han organizado eventos con diversos matices (a través de diversas manifestaciones culturales y políticas) para resaltar el sujeto “campesino”, la antes llamada con desprecio y odio “día del indio o india”. Todavía recuerdo algunos versos que me hacia leer el profesor de escuela en mi niñez sobre la nostalgia del “indio” de los andes, como el “buen salvaje” paseando su llamita tocando su quena; o aquel indio amazónico totalmente desnudo portando un par de plumas en la cabeza y su arco de flecha para cazar.

Paradójicamente, la celebración del “día del campesino” o “día del indio” es uno de los acontecimientos más importantes de la historia republicana del Perú; bajo el imaginario, de que la celebración junto al cambio del denominativo “indio” por “campesino”, liquidó el antiguo sistema de explotación agropecuario. Lastimosamente la mayor parte de la región andina, en el pasado, estuvo conformado por enormes haciendas donde los terratenientes eran dueños no sólo de las mejores tierras, sino hasta de la vida de sus servidores llamados “indios” o “indias”. A la fecha (junio del 2006), ¿cuánto ha cambiado las posiciones de la sociedad dominante contra los sujetos “indios” o “campesinos” respecto a las viejas vicisitudes de discriminación y exclusión social?. En suma, existe o no mejoras después denominativo “indio” por “campesino”,

Antes de responder a esta interrogante, considero necesario efectuar una breve reflexión de los antecedentes. Entre ellos me permito a recordar que cuando Cristóbal Colon llegó a América en 1492 creyendo que había llegado al otro lado de la india, llamó indios e indias a nuestros antepasados de las Islas caribeñas. Luego sus seguidores Pizarro y otros en 1532 llegarían a Cajamarca para secuestrar y asesinar al último de la dinastía INKA de la gran civilización tawantinsuyana, INKA ATAHUALPA. Previo a este hecho, los europeos españoles habían probado sus espadas si estaban o no filudas sentando en fila a los indios del caribe cortando sus cabezas con sus filudas espadas asesinando a los niños y niñas al tiempo que violaron a cuanta mujer se le presentara no importando su edad o condición. Las víctimas fueron los Mayas, Aztecas, Qullanas, Aymaras, Quechuas, Guaranies, Mapuches entre otras etnias. Estas fueran las estrategias de colonización de sujetos “indios” arrebatando de sus mejores tierras, estrategia que fue repitiéndose hasta después de la república, aun se repite todavía en el actual proceso “democrático” bajo otros mecanismos, utilizando en cada uno de los procesos la estrategia de “divide y reinaras”.

La nefasta práctica colonialista, lastimosamente reitero, que continua a la fecha. No obstante que la historia nos muestra que Augusto B. Leguía (1908-1912) (1919-1930) fue uno de los pocos presidentes que tomó el discurso indigenista bajo el discurso oficial de “Patria Nueva”. El discurso indigenista fue una forma de intentar reivindicar la “raza india” que sirvió de referencia para la creación de una Sección de Asuntos Indígenas en el Ministerio de Fomento (1921), desde donde se promovió el Comité Pro-Derecho Indígena “Tahuantinsuyo”, esta instancia fue un medio de intentar proteger los intereses de las comunidades para el que fundó el Patronato de la Raza Indígena (1922), esta instancia debía proporcionar un marco legal para la atención de los reclamos comunitarios a fin de evitar nuevas insurrecciones. Pero esta sólo fue una estrategia para distraer la verdadera demanda del libre ejercicio de los derechos humanos y de recuperar las tierras injustamente arrebatadas. Toda vez que por un lado supuestamente se enfrentó al gamonalismo; y por otro, encubiertamente apoyaba leyes de servidumbre bajo del denominativo de conscripción vial que permitían a hacendados y empresarios hacer uso coactivo de la mano de obra indígena. Aun cuando todos sus accionares formaban parte de la constitución de Leguia que decía:

“El Estado protegerá a la raza indígena y dictará leyes especiales para su desarrollo y cultura en armonía con sus necesidades. La Nación reconoce la existencia legal de las comunidades de indígenas y la ley declarará los derechos que les correspondan” (Art. 58º.- de la Constitución de la República del Perú Dictada por la Asamblea Nacional de 1919 y promulgada el 18 de Enero de 1920 por AUGUSTO B. LEGUIA,)

En suma, lo que Legua quería era “buenos salvajes” con cierta dignidad pero que para tener ese status deberían estar al servicio de patrón de nuevo tipo o hacendado bajo protectorado de agentes gubernamentales del Estado que encubrían o defendían sólo los intereses de los hacendados.

Otro de los presidentes que retomó el discurso “indigenista” bajo el lema de “campesino” fue el General Juan Velasco Alvarado (1968-1975) quien confiscó los latifundios de clase oligárquica para intentar impulsar una transformación socialista del Estado. Para ello promulgó la Ley de Reforma Agraria (Ley 17716). La Ley de la reforma agraria entregaría prioritariamente tierras a la mayor parte de los colones que estaban a cargo de los hacendados, en esa oportunidad se digo:

“De hoy para adelante, el campesino del Perú no será más el paría ni desheredado que vivió en la pobreza, de la cuna a la tumba, y que miró impotente un porvenir igualmente sombrío para sus hijos… a partir de hoy, abandonando el calificativo de los resabios racistas y de juicio inaceptable se llamaran comunidades campesinas … [y por lo tanto] ¡ Campesino el patrón ya non comerá más tu pobreza !” (Discurso pronunciado el 24 de junio de 1969 en la promulgación de la Ley de Reforma Agraria por el General Juan Velasco)

Ciertamente, nadie puede negar que la intención de General Velasco fue de reivindicar al “sujeto campesino” dejando para la historia el término despectivo “indio” donde se pretendía abatir la pobreza, para que el campesino no se fuera directamente a la tumba siendo pobre alimentando al patrón como se fuese uno de sus dioses; no obstante que sus resultados son materia de otros debates junto el derrocamiento por otro militar como el General Francisco Morales Bermúdez, ocurrida el 29 de Agosto de 1975 con el que se frustrara en parte los objetivos nacionalistas de la llamada “revolución peruana” y la conclusión de la Reforma Agraria.

Pese a este hecho histórico de Reforma Agraria y su posterior reestructuración (materia de otro debate) no se han solucionado los grandes problemas de la tenencia de la tierra, territorio y los recursos naturales que fueron invadidos y expropiados tanto en la colonia como en la república, todo ellos significa que la antigua violación de los derechos humanos contra los campesinos/indios continua vigente. Toda vez que, el problema del campesino o del indio sigue siendo la tierra y su libre determinación para que puedan escoger su futuro sustentable, porque de ella dependen para su sobrevivencia, dado que ahí están los más pobres entre los pobres aun cuando ellas posean algunas tierras poseen sólo parcelas de mala calidad (desertificadas) y demasiado pequeñas para poder mantener a sus familias. Este segmento humano (campesinos), representan la mayoría de los pobres hambrientos de las zonas rurales del Perú y de los otros países andinos/amazónicos, y es que en estas zonas se encuentran los casos más graves de pobreza, hambre discriminación y exclusión social y la discriminación de mujeres. Toda vez que la supuesta expansión de la producción agrícola destinada a la exportación sólo favorece a la producción de la costa peruana quienes hoy promueven el TLC, controlada por los productores de la costa o los criollos de poder, que son los que poseen las mejores tierras que son igualmente las tierras expropiadas de los antiguos campesinos o indígenas a quienes los agentes gubernamentales los consideran sólo como objetos de políticas de conservación, utilizándolos en muchos casos como justificación de lucha contra la pobreza.

Hoy por hoy, la situación es todavía peor o igual que antes porque: Por un lado , los suelos de mejor y mayor calidad están concentrados en grandes propiedades reservadas a una agricultura intensiva, de monocultivo, mecanizada y basada en la utilización de plaguicidas y fertilizantes químicos, cuyos productos se destinan a la exportación con grandes contrariedades socio ambientales, que en el pasado fueron (y son en parte) explotados de forma sostenible por comunidades originarias en perfecta armonía con la naturaleza (la conservación cultural y natural). Por consiguiente, la capacidad productiva de estos suelos está disminuyendo rápidamente debido a su compactación, erosión, anegamiento y pérdida de fertilidad, junto con la creciente resistencia de las plagas a los plaguicidas y la pérdida de biodiversidad y pérdida paulatina de saberes locales. Por otro lado , los gobiernos de turno siguen utilizado la estrategia de divide y reinaras para apoderarse de las tierras, territorios y los recursos naturales de las comunidades locales (hoy llamadas en el sistema internacional como Pueblos Indígenas) bajo diversas formas a nombre de conservación y titulación, dentro de ellos la declaratoria de territorios indígenas/campesinas como áreas naturales protegidas, convirtiéndolos en patrimonio de la Nación, con el que los campesinos/ indígenas dejan de ser propietarios de sus tierras pudiendo ser sólo usuarios que es sinónimo de arrendatarios sin pagar el arriendo pero que cuando el dueño se canse simplemente dirá ya no les pertenece y requieren colocar otro arrendatario a su medida, eso es la llamada concesión al mejor postor.

Ahora bien, teniendo en cuenta los argumentos expuestos arriba, el tratamiento del Campesino respecto a la antes llamada Indio ¿existe o no mejoras respecto a la plena vigencia de los derechos humanos y la libertades fundamentales de las comunidades locales o Pueblos Indígenas. Más que eso, en qué favoreció el cambio nombre del INDIO por el CAMPESINO rebautizada por el General Juan Velasco Alvarado. Y más aun ¿tienen ahora los llamados campesinos mas tierras que en la época colonial o la hacienda? y sobre todos se respeta sus derechos como “sujetos”. Además de ellos ¿Cómo ha mejorado la dignidad de los campesinos o indios?, considerando que la dignidad dentro de la plena vigencia de los derechos humanos y derechos colectivos, la “dignidad” es como el aire que respiramos no lo vemos pero sin el no podemos vivir, por tanto tener dignidad significa ser respetado y respetada por los “otros” en todos sus extremos para vivir como seres humanos.

Por consiguiente, lastimosamente debo concluir indicando que el cambio del denominativo INDIO por CAMPESINO en nada ha contribuido o mejorado el status social, cultural, económico y ambiental de las comunidades locales. Toda vez que la “dignidad” de los llamados “campesinos” o ”indios” sigue siendo mellada con los mismos términos despectivos del pasado, al igual que la posición de la sociedad dominante en sus diversas formas de exclusión y discriminación social. La pobreza y el hambre siguen siendo denigrantes al igual o peor que el pasado, al igual que a la madre tierra sigue siendo conquistando, explotando y violentarla bajo el denominativo de conservación como si para las comunidades locales el uso racional y conservación de los recursos naturales fuera ajeno, como si ellos no supieran conservar lo que ellos y sus antepasados cuidaron a través del tiempo como los verdaderos guardianes de la conservación del rico patrimonio cultural y natural.

Al final, insto a las organizaciones campesinas/ indígenas a unir nuestras voces y luchas aisladas, es imprescindible unirnos dentro de nuestras diversidades, porque enfrentamos los mismos problemas de discriminación y exclusión social. La razón poderosa, es que compartimos una misma historia y anhelamos un mismo sueño de ser libre otra vez, eso es lograr nuestra libre determinación para escoger libremente nuestro futuro político, social, cultural, económico y ambiental; la libre determinación incluye el derecho de propiedad genuina sobre nuestras tierras, territorios y recursos naturales. Lo dicho no es un capricho sino una reivindicación del derecho internacional por la vida, por la dignidad y por la plena vigencia de los derechos humanos y libertades fundamentales de los pueblos y comunidades locales (los dos pactos internacionales de la Carta de las Naciones Unidas).

Territorio Aymara Lupaqa/ Qolla Quechua (Puno), 28 de junio del 2006


(*) Investigador Aymara, directivo de Corporación Civil para Infra Estructura Socio Económica y Transformación Agropecuaria (CCISETA), y del Consejo indio de Sudamérica (CISA) organismo no Gubernamental con Status Consultivo ante el Consejo Económico y Social -ECOSOC- de la Organización de las Naciones Unidas. Experto en Gestión Socio Ambiental y Soberanía Permanente de los Pueblos Indígenas sobre los Recursos Naturales (website: www.cciseta.com – www.puebloindio.org )

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